CIRCULAR N° 008/01 FMG
A todas las instituciones afiliadas a la FMG
OBJETO: Disposición 001/01 de la Comisión Directiva de la F.M.G.
Buenos Aires, 1º de Marzo de 2001
Sr./a Presidente:
De nuestra consideración:
VISTO lo expresamente indicado en el Art. 17º inc. b) del Estatuto F.M.G. respecto de la organización de TORNEOS AMISTOSOS por parte de nuestras afiliadas y que a continuación se transcribe:
" Organizar en su institución Torneos Amistosos, previa autorización "
" de la Federación Metropolitana de Gimnasia, con participación "
" de instituciones afiliadas y no afiliadas que se domicilien exclusiva- "
" mente dentro del radio metropolitano (Art. 4º inc. a)) y que no se "
" encuentren afiliadas a otras federaciones provinciales. La participa-"
" ción de instituciones no afiliadas a la F.M.G. será sólo a efectos de "
" promocionar el deporte de la Gimnasia. Queda prohibido a la insti- "
" tución afiliada a la Federación Metropolitana de Gimnasia, partici- "
" par en torneos organizados por instituciones no afiliadas, en todas "
" las ramas y/o disciplinas y/o niveles." y
CONSIDERANDO que es necesario regular conforme a las normas estatutarias, el calendario oficial de las competencias amistosas auspiciadas por esta F.M.G. con el único propósito de favorecer una programación equitativa a fin de que todas las afiliadas posean iguales posibilidades de organización de dichos torneos. Por ello, de acuerdo a las facultades conferidas por el Estatuto en su art. 55º inc.d)
La Comisión Directiva
de la
FEDERACION METROPOLITANA DE GIMNASIA
DISPONE:
Art. 1) OTORGAR hasta 2 fechas por año calendario a cada institución afiliada interesada en la organización de TORNEOS AMISTOSOS, que comiencen y concluyan en una sola jornada bajo las siguientes condiciones:
Art. 2) OTORGAR autorización para la realización de Torneos Amistosos a dos afiliadas en la misma fecha, sólo en el caso que ambas instituciones organizadoras tengan un radio de influencia geográficamente distante entre sí, al buen entender de las autoridades de la FMG.
Art. 3) EXIGIR el cumplimiento estricto del art. 17º último párrafo y del art. 18 inc g) y h) del Estatuto que se transcribe:
"Inc.g) Solicitar autorización para realizar competencias amistosas, con no"
" menos de 30 (treinta) días de anticipación."
"Inc.h) Remitir dentro de los 15 (quince) días de realizadas las competencias" "amistosas, nómina de instituciones participantes, jueces y el resultado de las" "mismas acompañando copia de las correspondientes planillas de cómputos."
Art. 4) DEJAR sin efecto las Resoluciones Nros. 001/94 002/94 001/95 002/95 001/97 y las Circulares Nros. 003/94 009/00 y 019/00 FMG.
Art. 5) REGISTRESE, NOTIFIQUESE a la totalidad de las Instituciones afiliadas y ARCHÍVESE.
DISPOSICIÓN Nº 001/01 FMG C.D.
Sin otro particular, saludamos a Usted muy atentamente.
Prof. Selma Cáceres Escobar Aída R. Janches
Secretaria General Presidente