RESOLUCIÓN N° 001/ 04 - FMG
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 17 de febrero de 2004
VISTO
Lo planteado por las Secretarías Técnicas de las distintas Ramas respecto de las situaciones conflictivas producidas en el ámbito administrativo durante el año 2003, derivadas del trámite de inscripción de gimnastas a Torneos Metropolitanos efectuadas por algunas Instituciones Afiliadas y
CONSIDERANDO
Que es necesario a efectos de un mejor hacer, pautar con exactitud lo reglado por el Artículo 16 del Reglamento Técnico FMG.
Que es la COMISIÓN DIRECTIVA quien debe resolver estos aspectos.
Por ello,
LA COMISIÓN DIRECTIVA DE LA
FEDERACIÓN METROPOLITANA DE GIMNASIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1RO.: A partir de la fecha de la presente RESOLUCIÓN, las Instituciones Afiliadas deberán presentar indefectiblemente las planillas de Inscripción a Torneos Metropolitanos correctamente cumplimentadas, de acuerdo a los términos que a continuación se detallan:
A.- Vía mail o Fax: con un mínimo de 15 (quince) días de antelación a la fecha de la Competencia, tomándose para ello como válida, la fecha de expedición del mail enviado exclusivamente a fmg@fmg.com.ar o la de la recepción en el Fax 4361-4395.
No se considerarán válidas las inscripciones enviados por mail o fax a otras direcciones o teléfonos.
B. En la Sede de la FMG: con un mínimo de 10 (diez) días de antelación a la fecha de la Competencia.
C. Inscripciones fuera de término: Se aceptarán inscripciones fuera de término únicamente con una antelación mínima de 5 (cinco) días a la fecha de la Competencia debiendo abonarse junto a las mismas, una multa de $ 10.00 por gimnasta inscripto en estas condiciones.
ARTÍCULO 2DO.: No se concederán por ninguna causa, excepciones a lo determinado en el Artículo anterior.
ARTÍCULO 3RO.: Regístrese, notifíquese a las Instituciones Afiliadas y archívese.
RESOLUCIÓN N° 001 / 04 - FMG