RESOLUCIÓN N° 006 / 02 - FMG
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de julio de 2002.
- La necesidad de regular la práctica del Deporte de la Gimnasia conforme a lo especificado en el Art. 4º inc. b) y c) del Estatuto de la F.M.G y
CONSIDERANDO
- que es imprescindible establecer normas claras referidas al tema de los Pases de Gimnastas, que propicien el mejor cumplimiento de las finalidades estatutarias de la Federación Metropolitana de Gimnasia, ( F.M.G.), evitando toda cuestión que pueda generar confusiones entre las instituciones afiliadas.
- que la F.M.G. es la entidad civil rectora de todo cuanto se relacione con el Deporte de la Gimnasia de las Instituciones Afiliadas a ésta, Art. 2º del Estatuto
- que es de acuerdo con las facultades conferidas por el Estatuto de la F.M.G., la Comisión Directiva quien debe resolver estos aspectos
Por ello,
LA COMISIÓN DIRECTIVA DE LA
FEDERACIÓN METROPOLITANA DE GIMNASIA
RESUELVE.
ARTÍCULO 1°: Modificar el Artículo 14, Capitulo 5 del Reglamento Técnico, añadiendo el siguiente texto al final de la primera oración: “siempre y cuando el gimnasta no haya participado de la primera Competencia del Programa Oficial Metropolitano.”
ARTÍCULO 2°: Modificar el Artículo 14, Capitulo 5 párrafo “Pases Pendientes” del Reglamento Técnico, suprimiendo el siguiente texto: “y solo para gimnastas de Nivel A”
ARTÍCULO 3°: Regístrese, notifíquese a las Instituciones Afiliadas y archívese.
RESOLUCIÓN N° 006 / 02 - FMG